PROCESO Nº 36 DE 2026
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PROCESO Nº 36 DE 2026
Modalidad:
Selección Directa
Fecha de publicación:
15/10/2026 10:00 am
Número del proceso:
36 DE 2026
Estado:
Estado: Adjudicado
Objeto:
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PREPARACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS A LOS PACIENTES HOSPITALIZADOS EN LAS UNIDADES HOSPITALARIAS Y UNIDAD MENTAL DE SAN CRISTÓBAL DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO METROSALUD, PRESTANDO EL SERVICIO DURANTE TODOS LOS DÍAS, EN FORMA PERMANENTE EN LAS INSTALACIONES DE CADA UNIDAD
Valor:
DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($2.236.500.000)
Documentos:
URL:
La Empresa Social del Estado METROSALUD, está interesada en recibir ofertas que le permitan contratar la PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PREPARACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS A LOS PACIENTES HOSPITALIZADOS EN LAS UNIDADES HOSPITALARIAS Y UNIDAD MENTAL DE SAN CRISTÓBAL DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO METROSALUD, PRESTANDO EL SERVICIO DURANTE TODOS LOS DÍAS, EN FORMA PERMANENTE EN LAS INSTALACIONES DE CADA UNIDAD .
Los procesos de contratación en la ESE METROSALUD se rigen por la normas del derecho privado, por mandato expreso del articulo 195 numeral 6° de la Ley 100 de 1993 y en especial la norma interna Acuerdo de Junta Directiva N° 455 de 2024 por medio del cual se expide el Estatuto de Contratación de la ESE Metrosalud y el artículo 16 Del Decreto 1876 de 1994, que establece además, que puede discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.
22.2 Selección directa con mínimo dos invitaciones. La ESE METROSALUD solicitará mínimo dos (2) propuestas, cuando vaya a celebrar contratos cuya cuantía sea superior a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inferior o igual a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Parágrafo: En los procesos cuya cuantía sea superior a trescientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (300) se requerirá términos de condiciones”
PERSONAS QUE PUEDEN PARTICIPAR.
De la presente invitación sólo podrán participar las siguientes empresas:
1. 1. SALAMANCA S.A
CORREO: bjimenez@salamanca.com.co, comercial@salamanca.com.co
2. 2. NUTRISER COLOMBIA S.A.S
CORREO: juridica@nutrisercolombia.com, costos@nutrisercolombia.com
Además, por tratarse de una selección directa, cualquier propuesta presentada por un interesado distinto a los directamente invitados, será rechazada.
Los procesos de contratación en la ESE METROSALUD se rigen por la normas del derecho privado, por mandato expreso del articulo 195 numeral 6° de la Ley 100 de 1993 y en especial la norma interna Acuerdo de Junta Directiva N° 455 de 2024 por medio del cual se expide el Estatuto de Contratación de la ESE Metrosalud y el artículo 16 Del Decreto 1876 de 1994, que establece además, que puede discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.
22.2 Selección directa con mínimo dos invitaciones. La ESE METROSALUD solicitará mínimo dos (2) propuestas, cuando vaya a celebrar contratos cuya cuantía sea superior a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inferior o igual a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Parágrafo: En los procesos cuya cuantía sea superior a trescientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (300) se requerirá términos de condiciones”
PERSONAS QUE PUEDEN PARTICIPAR.
De la presente invitación sólo podrán participar las siguientes empresas:
1. 1. SALAMANCA S.A
CORREO: bjimenez@salamanca.com.co, comercial@salamanca.com.co
2. 2. NUTRISER COLOMBIA S.A.S
CORREO: juridica@nutrisercolombia.com, costos@nutrisercolombia.com
Además, por tratarse de una selección directa, cualquier propuesta presentada por un interesado distinto a los directamente invitados, será rechazada.
Última modificación:
- October 21, 2026
- 2:43 pm